miércoles, 17 de abril de 2013

Los propietarios de terrenos tendrán hasta el 18 de mayo para desbrozar y limpiar sus parcelas

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Con motivo de la campaña de prevención de incendios de la concejalía de Medio Ambiente se han enviado cartas requiriendo a los propietarios para que limpien y desbrocen los terrenos hasta el 18 de mayo en los términos que recoge la Ordenanza Municipal de Protección Ambiental.
El Ayuntamiento en este escrito indica a los dueños de parcelas privadas la obligación de llevar a cabo labores de mantenimiento y desbroce, ya que también es necesario que sus terrenos mantengan unas condiciones adecuadas de seguridad y salubridad, colaborando así en la prevención de incendios.
La misiva advierte “de que en caso de no atender este requerimiento en el plazo de 15 días, se puede llevar a cabo la ejecución subsidiaria imputándole los costes de tales trabajos, sin perjuicio de la sanción administrativa correspondiente”.
El concejal de Medio Ambiente, Luis Miguel Ortiz, recuerda a todos los vecinos de Puertollano, y especialmente a los usuarios de los espacios naturales de la Dehesa Boyal, la obligación de respetar las normas de uso de las barbacoas, así como de encendido de fuegos, actos que pueden ser especialmente peligrosos este año si no se hacen con las debidas precauciones.
Trabajos del Ayuntamiento de desbroce preventivo
Además se están realizando trabajos de desbroce por parte del Ayuntamiento, eliminando malas hierbas, tanto en el casco urbano como en zonas periurbanas, siguiendo así también las recomendaciones de Protección Civil que advierten de la alto riesgo de incendio por el gran volumen de precipitaciones de este año que ha propiciado la formación de grandes herbazales propensos a provocar incendios en los meses de mayor sequía.
Envío a 67 propietarios
En concreto, se han enviado un total de 67 escritos a otros tanto propietarios de solares a los que se requiere “a que realice los trabajos de limpieza y desbroce en cumplimiento de la Ordenanza Municipal de Protección Ambiental de Puertollano, cuyo artículo 281 establece en su apartado 1 que “los propietarios de solares que linden con la vía pública deberán vallarlos con cerramientos permanentes situados en la alineación oficial, mantenerlos libres de residuos y en condiciones de higiene, seguridad y ornato".
Por otra parte, este mismo artículo en su apartado 6 establece que “los propietarios de terrenos, tengan o no la condición de solar, que no linde a la vía pública, pero que se sitúen dentro del término municipal, están obligados a tener dichos terrenos en condiciones de salubridad y ornato público, debiendo realizar los trabajos de limpieza que fuesen necesarios, siendo responsables de los vertidos que se depositen en sus terrenos”.

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